Mt, 12,3-6: la violación del sábado y la preservación de la vida en el contexto rabínico
Para entender la relación entre la Torá y los fariseos tenemos que considerar dos principios. El primero, el judío ha elegido comprometer su libertad bajo el alero de la Torá. Es lo mismo que sucede con cualquier religioso de cualquier confesión. He decidido vivir mi vida de manera tal de ser fiel a tales o cuales principios. El segundo, la realidad siempre supera a la Torá. Esta no puede definir el accionar del fiel ante cada situación de la vida, porque estas cambian constantemente. Esto obliga a un dialogo permanente entre la Tora y la vida que va creando jurisprudencia (la Torá Oral) que es temporal y que es definida por el consejo de los sabios considerando lo que es mejor para la comunidad. Pongamos un ejemplo concreto. Para los judíos el Sábado es el día de descanso. Está prohíbido cualquier actividad. La misma Torá también establece que este descanso queda exento si la actividad es necesaria para salvar una vida. Hasta aquí el principio es claro. Sin embargo, la realidad presenta situaciones que necesitan ser analizadas para aplicar estas leyes. ¿Hasta que punto podemos definir el «salvar una vida» para justificar la violación del descanzo sabático? A partir de la clausula adversativa de Ex 31,13 ( אַ֥ךְ), Rabí José se pregunta sobre los límites del descanzo sabático. El rabí está ocupando una técnica hermeneútica propia del rabinismo de la época indicada por R. Aquiba que decía que ciertos adverbios en el texto apuntan a que la norma de la Torá guarda expecciones: R. Jose dijo: ¿De dónde sabemos que el preservar una vida hace caso omiso del Sábado? Esto lo sabemos desde Ex 31,13, «Vosotros guardareis mis días de reposo». ¿Es posible que la circuncisión o el servicio del Templo o el preservar una vida estén sujetas a las restricciones sabáticas? La Torá dice: «Vosotros guardareis mis días de reposo» lo que indica una distinción implícita, por ejemplo, que hay tiempos cuando tu no descansas en el sábado. Rabí Eleazar y R. Aquiba usan un argumento rabínico bien extendido en el N. T. que se denomina de lo menor a lo mayor: si algo es valido en una circunstancia menor, cuanto más será valido en un contexto mayor. A partir de estos análisis hermeneúticos quieren saber como reponder a situaciones concretas. R. Eliezer dijo: la circuncisión prueba que uno puede invalidar el sábado por razones de salud. ¿Por qué? Porque si consideramos la responsabilidad de la extirpación del prepusio y que esta circuncisión no se posterga por razones del descanzo sabático. Mirad, cuando interpretamos desde lo menor a lo mayor: Si extirpamos una parte del cuerpo en el sábado, ¿no es lógico pensar que podríamos invalidar el descanzo cuando se trata de partes mayores del cuerpo? En este argumento Eliezer parece decir que si somos capacer de extirpar el prepusio en el día de descanzo para preservar una vida, cuanto más si es necesario extirpar o sanar una parte mayor del cuerpo. Un argumento similar es el de R. Aquiba: ¿En qué aspecto es más estricta la Torá? ¿Sobre el servicio del Templo o sobre el guardar el sábado? Las leyes sobre el servicio del Templo invalidan las del descanzo sabático [porque en el sábado se practican sacrificios en el Templo]. Mirad, si aplicamos la interpretación desde lo menor a lo mayor: Si el servicio del Templo invalida el Sábado y el preservar una vida invalida el servicio del templo, entonces ¿no es lógico pensar que el preservar una vida tiene preminencia sobre el descanzo sabático? (t.Shab 15.16 ). Por supuesto que estos argumentos son parecidos a los de Jesús en Mt 12,3-6.12. Y la forma en que argumenta Jesús también nos recuerda este contexto rabínico. A partir de textos sacados de la Torá, Jesús va justificando que su acción se condice con la Ley Oral.